Otro revés a López Obrador: la SCJN invalidó su (contra)reforma eléctrica
Miguel Ángel Rivera jueves 1, Feb 2024Clase Política
Miguel Ángel Rivera
“La reforma de 2021 a la Ley de la Industria Eléctrica, en cuanto introduce nuevas reglas en el orden del despacho de energía, la forma de asignación de los contratos de cobertura eléctrica y el sistema de adquisición de certificados de energías limpias, vulnera los principios de competencia, libre concurrencia y desarrollo sustentable”.
Así dice el comunicado de la Suprema Corte de Justicia acerca de la decisión de su Segunda Sala de declarar inconstitucional esa (contra)reforma impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador para sustentar su propósito de dar marcha atrás a los cambios que descalifica por considerarlos una privatización y devolverle el control en materia energética a la Comisión Federal de Electricidad.
La Segunda Sala de la Nación determinó que, al tenor de la Constitución Federal en su texto derivado de la reforma en materia energética de 2013, el orden de prelación en el despacho de energía eléctrica regulado en la Ley de la Industria Eléctrica de 2021, que constituye el mecanismo mediante el cual se decide qué centrales generadoras de electricidad inyectan primero su energía a la red nacional, transgrede los principios de competencia y libre concurrencia, señala también la nota informativa del máximo tribunal constitucional.
El tema de la prelación en el despacho de energía es uno de los temas centrales de esa reforma, pues López Obrador pretende que las decisiones en la materia sean facultad exclusiva e inapelable de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), la cual da preferencia a la energía generada por sus plantas y deja en segundo término a las empresas privadas.
Estas últimas se consideran marginadas injustamente y por ello promovieron los amparos que, luego de pasar por todas las etapas del Poder Judicial Federal, dieron lugar a la referida sentencia de la Segunda Sala de la Suprema Corte. Los inconformes calificaron de inequitativo y de retrógrada ese criterio acerca del despacho de energía, pues se da preferencia a plantas poco eficientes y altamente contaminantes, como son las de la empresa estatal, mientras que se deja fuera a la electricidad generada con procedimientos no contaminantes.
Este criterio fue tomado en cuenta por los ministros de la Segunda Sala al señalar que la (contra)reformar del inquilino de Palacio Nacional “en lugar de atender a un criterio de eficiencia como lo manda la Carta Magna, la indicada legislación secundaria prioriza a quienes pueden celebrar contratos con compromiso de entrega física, es decir, a los generadores del Estado (CFE) o a las plantas asociadas a éstas, lo que genera una alteración en el mercado eléctrico.
“Asimismo, la Sala resolvió que el hecho de que, en virtud de la reforma legal reclamada, las centrales del Estado (CFE) puedan acceder a la asignación de un contrato de cobertura eléctrica (para la compraventa de energía) mediante un contrato de interconexión, quedando relevadas de acudir a las subastas como la forma que las empresas privadas están obligadas a satisfacer al efecto, implica un trato diferenciado y privilegiado que elimina un ámbito de sana competencia.
“Igualmente, la Segunda Sala decidió que la reforma legal reclamada autoriza que no sólo los participantes del mercado conforme al nuevo régimen, sino también los legados que se rigen por la normatividad anterior, puedan adquirir certificados de energías limpias, lo que provoca que necesariamente deban emitirse más de estos certificados para satisfacer la demanda de todos los participantes, desincentivando la producción efectiva de dicha energía limpia en contravención al imperativo del Constituyente Permanente que prevé para la materia energética el principio de desarrollo sustentable”.
Por si no fuera suficiente, “la propia Sala precisó que el supuesto fortalecimiento de las empresas del Estado no es razón para desconocer el marco constitucional en materia de energía eléctrica, ya que no puede soslayarse que en ciertas actividades, como la generación de electricidad, CFE es un competidor más del mercado e, incluso, el Poder Reformador de la Constitución ordenó otorgarle una estructura que le permita competir en igualdad de circunstancias, de ahí que el legislador secundario no puede introducir un diseño que entorpezca la libre concurrencia y competencia.
“Finalmente, se determinó que, aunque la concesión del amparo parte de la tutela a las empresas quejosas, lo cierto es que, al materializarse la desincorporación de la reforma legal reclamada en su situación, necesariamente, se generará la misma consecuencia para el resto de los agentes que participan en el mercado eléctrico mayorista, pues, de lo contrario, se provocaría que, al concursar para lograr la contratación de energía eléctrica y el acceso a las redes, así como al intervenir en la adquisición de certificados de energías limpias, se apliquen reglas dispares a las amparistas, desconociendo los principios que la Ley Fundamental fijó como rectores en ese mercado”.
Por cierto, es de destacar que dos de las incondicionales de López Obrador, las ministras Yasmín Esquivel Mossa y la “flamante” Lenia Batres Guadarrama, forman parte de esa Segunda Sala, y como era de esperarse votaron en contra de la ponencia presentada por el ministro Alberto Pérez Dayán, quien propuso declarar inconstitucional la reforma del político de Macuspana.
Esto llevó a una votación dividida, pues el ministro Javier Laynez Potisek, quien anteriormente ya había propuesto dar la razón a los promotores del amparo, se excusó en razón de protestas del Ejecutivo, por intermedio de la Secretaría de Energía, que también impugnó al ministro Luis María Aguilar por considerar que incurrían en conflicto de interés.
Aguilar Morales sí participó y votó por declarar inconstitucional la reforma, al igual que el presidente de la Segunda Sala, Alberto Pérez Dayán, quien en términos del Artículo 56, párrafo primero, de la Ley de Amparo, emitió su voto de calidad y así deshizo el empate generado por los votos en contra de las incondicionales Esquivel Mossa y Batres Guadarrama.
Millonaria multa a Morena por no declarar gastos
La declaración de inconstitucional de la (contra)reforma de López Obrador no es el único revés contra la llamada cuarta transformación, pues por otra parte el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, por unanimidad, una multimillonaria multa a Morena impuesta por el Instituto Nacional Electoral (INE) por omitir gastos de campaña.
En particular, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña propuso confirmar la multa por 62 millones de pesos al partido oficial, por no reportar gastos estimados en más de 40 millones para espectaculares, bardas, mantas, etcétera
A pesar de su aparente energía, en realidad los magistrados “consintieron” a Morena, pues pospusieron esta sentencia para no amargarles el festejo, pues este caso estaba programado para un día antes del cierre de precampaña de su candidata presidencial Claudia Sheinbaum.
Sin reconocer la compasión de los magistrados, el gerente de Morena, Mario Delgado Carrillo, reaccionó airado a la sanción y la calificó de “ridícula, ilegal, de carácter político”.
Agregó que los organismos electorales “siguen siendo rehenes y títeres de Lorenzo Cordova”, ex presidente del INE, y renovó la amenaza contra esa instituciones autónomas: “este 2024 vamos a lograr el plan C para vivir en una auténtica democracia”, dijo.
La difícil tarea de hacer realidad el mencionado plan C le corresponderá, desde el Senado, al zacatecano Ricardo Monreal Ávila, quien ayer en la reunión plenaria de los legisladores del oficialismo fue ratificado coordinador de la bancada mayoritaria de Morena y, por lo tanto, asumirá la presidencia de la Junta de Coordinación Política (Jucopo).
Monreal releva a Eduardo Ramírez Aguilar, quien en realidad cumplió un interinato, y ahora, como recompensa, va como candidato de Morena al gobierno de Chiapas.
A pesar de malos tratos desde Palacio Nacional y de resistencias de los “duros” de su partido, el retorno de Monreal significa un reconocimiento a sus habilidades políticas como uno de los pocos capaces para lograr acuerdos, algo muy necesario porque el oficialismo no tiene los votos suficientes para imponer reformas constitucionales.